Acta De En la ciudad de Lima, a las 5:30 horas del 05 de Febrero de 210, en la Plaza De Armas De Villa El Polvorín Ubicado en Calle 2 y 3 Pueblo Joven La Pólvora se reunieron los vecinos con el objeto de asociarse y constituir una asociación civil.
Se desempeñó como Presidente Hilario Tamara Ramos y como Secretario Francisco Urbano Solórzano, especialmente designados para desempeñar tales cargos en la presente sesión de constitución.
El Presidente declaró instalada la sesión, pasando a tratar los asuntos materia de agenda.
Cediendo la palabra al Señor Andrés Lizardo Cárdenas Bernal Presidente Del Comité De Parques y Jardines El Planeta y Presidente Comité De Monitoreo Del Plan De Desarrollo Concertado Al 2015, señalo que era necesario de constituir una Asociación Civil sin fines de lucro cuyo objetivo fundamental es representar a todos los vecinos como también impulsar por el mejoramiento de las áreas verdes y coordinar con las autoridades y otras entidades Públicas y Privadas .
El Reconocimiento y Registro otorga Personería Municipal de Lima , Lima 13 de Noviembre de 1999 Ordenanza Municipal N° 191
Considerando:
Que la Constitución Política del Perú reconoce como derecho de la persona al asociarse y constituir diversas formas de asociación jurídica para la consecución de sus fines, sin autorización previa y arreglo a ley; así como el de participar en forma individual o asociada en la vida política económica, social y cultural de la nación; más aún como derecho y deber de participar en el gobierno municipal de su jurisdicción;
Decreto Supremo N º 097-2009 – EF. Considerando: Que la ley marco del Presupuesto Participativo, Ley N º 28056, define al proceso del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, y transparente de los recursos públicos, que fortalece la relación del estado, sociedad civil, el cual desarrolla en armonía con los planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, como la fiscalización y la gestión Municipal.
Primer punto.-
El presidente también menciona y detallo con claridad la finalidad de constituir el Comité Parques y Jardines Plaza De Armas y El Mirador.
Orden Del Día.‑
Todos los asistentes, luego de debatir ampliamente, acordaron por unanimidad: de constituir el Comité Parques y Jardines Plaza De Armas y El Mirador.
Primero:
Constituir una Asociación Civil Sin Fines de lucro denominada, Comité Parques y Jardines Plaza De Armas y El Mirador con el objeto social de. Representar a todos los vecinos como también impulsar por el mejoramiento de las áreas verdes y coordinar con las autoridades y otras entidades Públicas y Privadas.
El domicilio, organización, régimen patrimonial y demás disposiciones que regularán la presente Asociación se establecen en el Estatuto aprobado en el punto Primero de esta sesión.
Segundo:
El patrimonio de la Asociación será el que arroje su balance y podrá incrementarse por cualquier medio permitido por los Estatutos y la legislación nacional. Los ingresos que perciba la Asociación se destinarán exclusivamente a los fines de su creación en el país y no podrán distribuirse, directa ni indirectamente, entre los asociados. El saldo de liquidación patrimonial será transferido a otras asociaciones o instituciones que persigan fines similares en el país, a elección de la Asamblea General que apruebe el balance de liquidación.
Para efectos de la constitución, cada asociado conviene en aportar una cuota de inscripción de S/. 2.00 cuyo importe total es de que constituye el patrimonio inicial de la Asociación.
No habiendo más asuntos que tratar se leyó, transcribió y aprobó la presente acta, suscribiéndola todos los asistentes en señal de conformidad.
Relación De Vecinos Colindantes Al Plaza De Armas y El Mirador
Pueblo Joven Villa El Polvorín Carabayllo
Acta De Fundación
Comité De Parques y Jardines Plaza De Armas y El Mirador
N° | Apellidos Y Nombres | DNI | Firma |
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